La declaración de renta es un trámite anual que busca regularizar la situación económica con la Agencia Tributaria, en este proceso se calcula el importe total de los impuestos a pagar en un año fiscal. En este post puedes conocer hasta cuándo se puede hacer la declaración de renta y a quiénes aplica este proceso.
Cada persona física, residente en España, deberá presentar su pago de impuesto de acuerdo a los beneficios o rentas que han recibido durante su año fiscal, por ejemplo, los ingresos recibidos como asalariados y autónomos, los de capital mobiliario en alquileres y ganancias patrimoniales.
Este post de EPAE, cursos de fiscalidad, contabilidad y laboral, te explicamos las fechas claves de cuándo se puede hacer la declaración de renta y demás aspectos y preguntas frecuentes para que puedas proceder a tiempo y cumplir con tus obligaciones fiscales.
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ToggleConoce la fecha límite de la declaración de renta
En el caso del plazo de la declaración de renta del 2025 se dio inicio el día 2 de abril hasta el 30 de junio del 2025, en este plazo se exceptúan a los contribuyentes con resultado a ingresar y que quieren domiciliar el pago, por lo cual la fecha límite es hasta el 27 de junio del 2025.
Puedes realizar el pago dentro de la fecha límite de la declaración de renta vía online por medio de la página web de la Agencia Tributaria, también vía telefónica o de manera presencial.
En el caso de que requieras efectuar el pago por vía telefónica, ¿cuándo se puede hacer la declaración de renta en esta vía? Tendrás que esperar hasta el 6 de mayo y se extenderá hasta el 30 de junio de 2025.
Otra alternativa es aprovechar el servicio de atención presencial en las oficinas de la AEAT. cuándo se puede hacer la declaración de renta en atención presencial? A partir del 2 de junio hasta el 30 de junio de 2025.
Si tu declaración de la renta de este año resulta a ingresar, es decir, debes pagar una cantidad a Hacienda, tienes la opción de fraccionar el pago en dos plazos. Para acogerte a esta modalidad, es imprescindible que domicilies el importe y realices este trámite antes del 25 de junio.
Es importante destacar que, si no se cumple con la domiciliación y el plazo establecido del 25 de junio, no será posible dividir el pago y la totalidad de la deuda deberá abonarse en un único desembolso.
Sea como sea, puedes pedir una cita de manera previa, por internet o llamando a los números oficiales de Atención Automática: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o el Servicio de cita para Renta: 91 553 00 71 / 901 22 33 44.
¿Quiénes aplican para el plazo de la declaración de renta?
Recuerda que todo depende de la cantidad de ingresos que se reciben en el año. Cuando el importe mínimo en rendimientos de trabajo es de 22.000 euros para la declaración de renta en el 2025, en el caso de que sobrepasen esa cantidad, estarías obligado a realizar la declaración.
Para los que han tenido 2 o más pagadores, el importe mínimo es de 15.000 euros, teniendo presente que la suma del segundo pagador y los sucesivos sean de 1.500 euros. Los contribuyentes que tengan ingresos menores de 15.876 euros no requieren presentar la renta en el 2025.

En el caso de los rendimientos íntegros del capital inmobiliario y ganancias patrimoniales sujetos a retención e ingreso a cuenta, no están obligados a presentar la declaración si no superan la cantidad de 1.600 euros anuales.
Recuerda que hay alguna situación familiar que puede ser motivo de deducción para la declaración de renta, como en ocasiones específicas: estado de maternidad, ascendientes o descendientes a su cargo que tengan necesidades especiales o estar en una familia bastante numerosa.
Otra situación en la que depende el momento de realizar la declaración de renta es tu estado civil. Si estás casado o casada, puedes presentar la declaración de renta de manera individual o conjunta y reflejar ese estado civil en la declaración.
No olvides declarar cuando sucede un cambio de patrimonio o venta de algún inmueble, en la venta del inmueble, puedes conocer las ganancias encontrando la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de transmisión.
¿Quiénes deben estar pendientes a la fecha límite sobre cuándo se puede hacer la declaración de renta?
Según lo estipulado por ley, hay diferentes grupos de personas que deberán realizar el pago de la declaración de renta y por ende deben conocer la fecha límite de la declaración de renta.
Dentro de las personas que aplican están los que son asalariados por medio de un solo pagador y que sus ingresos superen los 22.000 euros anuales, así como los asalariados por medio de dos o más pagadores y que sus ingresos superen 14.000 euros al año.
Dentro de otras categorías, también aplican las personas que han obtenido el Ingreso Mínimo Vital y todos los autónomos que ingresen más de 1.000 euros al año.
Para aquellos que son arrendadores, tendrán que declarar con el archivo de los recibos provenientes de los inquilinos de todos los ingresos y gastos habituales que reporta la vivienda.

¿Quiénes están exentos de presentar la Declaración de la Renta en España?
Atención a este dato, no todos los contribuyentes están obligados a presentar la Declaración de la Renta. ¿Quiénes son estos que no deben preocuparse sobre cuándo se puede hacer la declaración de renta? Si te encuentras en alguna de las siguientes situaciones, es posible que estés exento:
Límites de ingresos por rendimientos del trabajo:
Si tienes un solo pagador, estás exento si tus ingresos no superan los 22.000 euros anuales.
Si tienes dos o más pagadores, el límite es de 15.876 euros anuales. Este límite también aplica si tus ingresos provienen de prestaciones pasivas como pensiones de la Seguridad Social, planes de pensiones, seguros colectivos, mutualidades de previsión social, planes de previsión social empresarial, planes de previsión asegurados o prestaciones de dependencia.
Rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales: Estás exento si tus beneficios por acciones, intereses de cuentas, participaciones en instituciones de inversión colectiva u otras ganancias patrimoniales no superan los 1.600 euros anuales en conjunto.
Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de Letras del Tesoro y subvenciones para vivienda
Esto si el conjunto de estos ingresos no supera los 1.000 euros anuales. Para estas personas no tendrán que presentar la declaración ni estar pendiente de cuándo se puede hacer la declaración de renta.
Obligatoriedad de la Declaración de la Renta para desempleados
¿Estás desempleado y percibes alguna prestación? Entonces debes saber que, en la mayoría de los casos, sí estarás obligado a presentar la Declaración de la Renta.
Según el Ministerio de Trabajo, los desempleados que reciben ayudas deben presentar su declaración si sus ingresos anuales superan los 15.876 euros.
Esta obligación se extiende a todos aquellos que soliciten o se beneficien de una prestación por desempleo. Es importante destacar que la obligación de presentar la Declaración de la Renta también se amplió a los perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Esta medida busca que la Seguridad Social cuente con datos actualizados para la correcta concesión y seguimiento de la prestación.
Preguntas Frecuentes al Realizar la Declaración de la Renta
Abordemos algunas de las dudas más comunes que surgen al momento de preparar la declaración anual de impuestos en España:
Consulta de Datos Fiscales
Desde el 19 de marzo, los contribuyentes pueden acceder y consultar sus datos fiscales de forma online a través del portal web de la Agencia Tributaria. Esta herramienta es fundamental para verificar la información que Hacienda posee sobre nuestros ingresos y retenciones, facilitando la correcta cumplimentación de la declaración.
¿Qué Bizums deben declararse?
Las transacciones realizadas a través de Bizum, al igual que otras transferencias bancarias, generalmente no requieren ser declaradas individualmente, siempre que sean entre particulares y no superen los 10.000 euros anuales.
No obstante, existen excepciones importantes: si las transacciones se derivan de una actividad económica o negocio, independientemente del importe, sí deben ser declaradas a Hacienda como parte de los ingresos de la actividad.
Impacto de haber cobrado una herencia
Al recibir una herencia, el primer paso fiscal es abonar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Es crucial entender que la herencia en sí misma no se declara en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Sin embargo, si posteriormente se obtienen beneficios económicos de los bienes heredados, como por ejemplo, al vender un inmueble heredado con plusvalía o al alquilarlo, estos sí deberán ser declarados en el IRPF como ganancias patrimoniales o rendimientos de capital inmobiliario, según corresponda.
¿Qué hacer si se tuvo dos o más pagadores?
Tener dos o más pagadores durante el año fiscal tiene un impacto significativo en la obligación de presentar la declaración de la renta. En estos casos, el umbral mínimo de ingresos para estar obligado a declarar se reduce.
Específicamente, cualquier trabajador con dos o más pagadores está obligado a presentar la declaración si ha ganado más de 15.000 euros anuales y, además, los ingresos del segundo y posteriores pagadores superan en conjunto los 1.500 euros.
¿Qué consecuencias tiene no presentar la declaración de la renta?
Incumplir con la obligación de presentar la declaración de la renta dentro del plazo establecido puede acarrear sanciones por parte de Hacienda. La severidad de la multa dependerá de diversos factores, especialmente de si la regularización se realiza de forma voluntaria o tras un requerimiento de la Agencia Tributaria.
Si presentas la declaración fuera de plazo, pero antes de que Hacienda te envíe un requerimiento, la penalización será menos gravosa. En estos casos, si la declaración resulta “a pagar”, se aplicará un recargo del 1% por cada mes de retraso. Este recargo puede ascender hasta un 15% si el retraso supera los 12 meses, sumándose además los intereses de demora correspondientes.
Por el contrario, si la Agencia Tributaria te requiere formalmente la presentación de la declaración, las multas son significativamente más elevadas. La sanción económica puede oscilar entre el 50% y el 150% del importe total que debiste haber ingresado inicialmente.
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