¿Cómo se calcula el impuesto de sociedades?

Descubre cómo se realiza el cálculo del Impuesto de Sociedades en España y los tipos de gravamen aplicables en diferentes situaciones. Lee más en EPAE.

El Impuesto de Sociedades es una de las principales obligaciones tributarias de las sociedades y entidades que tienen su residencia en territorio español.

Aprender cómo se realiza el cálculo del Impuesto de Sociedades puede ser una gran ventaja, tanto si diriges tu propia empresa, como si trabajas para una asesoría que se dedique a ello.

Desde EPAE te contamos cómo se realiza el cálculo del Impuesto de Sociedades. Continúa leyendo este artículo para saber más:

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¿Qué es el Impuesto de Sociedades?

Antes de entrar a explicar cómo se calcula el Impuesto de Sociedades aclararemos en qué cosiste este gravamen.

El Impuesto de Sociedades es un tributo que tiene por objeto gravar las rentas de todas aquellas empresas que tienen residencia en España, es decir el resultado o beneficios que hayan obtenido por sus actividades. Este impuesto afecta tanto sociedades como otro tipo de entidades.

El impuesto impositivo, a diferencia de otros tipos de gravamen, no coincide con el año natural si no con el inicio de las actividades de la empresa, sin superar en ningún caso los 12 meses del año.

Aunque existan sociedades que no hayan desarrollado su actividad durante el período impositivo o no hayan obtenido ninguna renta, también tienen la obligación de tributar.

Es decir, la obligación de presentar la declaración del Impuesto de Sociedades afecta a todas las empresas, con alguna salvedad que veremos más adelante.

¿Cuáles son los requisitos para que una empresa esté sujeta al Impuesto de Sociedades?

Para el cálculo del Impuesto de Sociedades debes de tener en cuenta si la empresa está sujeta a este gravamen y, para ello, deben de cumplirse alguno de los siguientes requisitos:

  • Que la sociedad o entidad se hubiera constituido conforme a las leyes españolas.
  • Que el domicilio fiscal de la sociedad se encuentre en territorio español.
  • Que tengan la sede de dirección efectiva en territorio español, cuando en él radique la dirección y el control conjunto de sus actividades.
  • El Impuesto de Sociedades en las empresas constituidas en la Comunidad Foral de Navarra y en el País Vasco se aplicará conforme al régimen del Convenio Económico y de Concierto Económico, correspondiente.

¿Qué empresas y entidades están sujetas al cálculo del Impuesto de Sociedades?

Para el cálculo del Impuesto de Sociedades están sujetas todas las sociedades mercantiles con personalidad jurídica, salvo las sociedades civiles que no tengan objeto mercantil, y algunas entidades, aunque no tengan personalidad jurídica.

Podemos diferenciar las entidades sujetas al cálculo del Impuesto de Sociedades en dos tipos:

  1. Sociedades mercantiles con personalidad jurídica:
  • Todas las sociedades de carácter mercantil: Sociedades Anónimas, Sociedades de Responsabilidad Limitada, Sociedades Colectivas y Sociedades Laborales.
  • Las Sociedades Unipersonales.
  • Las Asociaciones y Fundaciones, tanto públicas como de carácter privado.
  • Las Cooperativas y Sociedades de Transformación Agraria.
  • Las Sociedades de carácter Estatal, Autonómico y Local.
  • Las Agrupaciones de Interés Económico.
  • Las Sociedades Civiles con objeto mercantil tributan por el Impuesto de Sociedades desde el año 2016. Se exceptúan las Comunidades de Bienes y las Profesionales).

Las sociedades y entidades nombradas anteriormente sí están sujetas al cálculo del Impuesto de Sociedades.

  1. Entidades sin personalidad jurídica:
  • Los Fondos de Pensiones
  • Los Fondos de Capital Riesgo
  • Los Fondos de Garantía de Inversiones
  • Los Fondos de Regulación del Mercado Hipotecario
  • Uniones Temporales de Empresas
  • Los Fondos de Titulación Hipotecaria y Activos
  • Las Comunidades Titulares de Montes Vecinales
  • Los Fondos de Inversión Mobiliaria y Fondos de Inversión Inmobiliaria

Por el contrario, las entidades nombradas anteriormente no están sujetas al cálculo del Impuesto de Sociedades.

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El cálculo del Impuesto de Sociedades

Para el cálculo del Impuesto de Sociedades las dos normas principales que se deben de tener en cuenta son: la Ley del Impuesto de Sociedades y el Reglamento del Impuesto de Sociedades.

La normativa que regula este gravamen recoge el tipo impositivo que se debe de aplicar a la sociedad o entidad en función de su resultado contable para que, de esta forma, se determine la cuota a pagar.

Existen tres tipos de gravamen aplicables:

  • Tipo General: 25%.
  • Tipo Reducido: 15%. Este tipo de gravamen es aplicable a las sociedades de recién creación para favorecer la actividad empresarial, pero deben de cumplir una serie de requisitos. Se excluyen aquellas sociedades que tengan carácter patrimonial.

Este tipo se aplicará en el primer y segundo periodo impositivo en el que la base imposible resulte positiva.

  • Tipo Reducido: 25%. Este tipo de gravamen se aplica a las Sociedades Cooperativas fiscalmente protegidas.

¿Cómo se realiza el cálculo del Impuesto de Sociedades?

Para realizar un correcto cálculo del Impuesto de Sociedades es fundamental el resultado contable de la sociedad y, para ello, tener los conocimientos adecuados de contabilidad para que no exista ningún tipo de error, el cierre contable sea correcto y se hayan incluido todos los gastos deducibles.

La base imponible se calcula restando los ingresos menos los gastos, y sobre el resultado se realizarán las correcciones o ajustes bajo los criterios de las leyes tributarias.

Resultado contable antes de impuestos

(+ o –) Ajustes extracontrables:

  • Diferencias permanentes
  • Diferencias temporales

Base Imponible previa

  • (+ o -) Reducción en la Base Imponible por reserva de capitalización.
  • (-) Compensación de Bases Imponibles negativas de los ejercicios anteriores.

Base Imponible

  • (+) Aumento por reserva de nivelación
  • (-) Reducción por reserva de nivelación

Base Imponible posterior a la reserva de nivelación

  • Tipo de gravamen

Cuota Íntegra

  • (-) Deducciones y bonificaciones aplicables al ejercicio

Cuota líquida positiva

  • (-) Retenciones, pagos fraccionados e ingresos a cuenta

Cuota diferencial

  • (+) Incremento por pérdida de beneficios fiscales en ejercicios anteriores
  • (+) Intereses de demora
  • (+) Abono de deducciones i+D+i

El resultado será el total, es decir, el líquido a ingresar o a devolver. El asiento contable se realiza el 31 de diciembre del año que corresponda.

Plazos de presentación y pago del Impuesto de Sociedades 2024

Ya hemos visto que, el Impuesto de Sociedades es una obligación fiscal que deben cumplir todas las empresas que operan en España. ¿Cómo se calcula este impuesto? Sobre los beneficios obtenidos por la empresa durante un período fiscal determinado, el cual generalmente coincide con el año natural.

Siendo así y para cumplir esta obligación, las empresas deben presentar su declaración del impuesto de sociedades dentro de un plazo específico establecido por la Agencia Tributaria. Este plazo se basa en el final del período fiscal de la empresa.

Plazo general para la presentación de la declaración de impuesto de sociedades 2024

  • 25 días naturales: las empresas tienen 25 días naturales para presentar su declaración del Impuesto de Sociedades. Este plazo comienza a contar a partir de los 6 meses posteriores al final del período fiscal de la empresa.

Si el período fiscal de tu empresa finalizó el 31 de diciembre de 2023, tendrás 25 días naturales para presentar tu declaración de impuesto de sociedades 2024. El plazo comenzó el 1 de enero de 2024 y finalizará el 25 de julio del presente año.

Consideraciones adicionales

Veamos algunas consideraciones adicionales respectos a la declaración de impuesto de sociedades 2024 que es necesario conocer para algunos casos frecuentes:

  • Períodos fiscales irregulares: para aquellas empresas en que su período fiscal no coincide con el año natural, la regla del plazo de 25 días naturales sigue aplicando. En este caso, el plazo se calcula a partir de los 6 meses posteriores al final del período fiscal irregular de la empresa.
  • Cambio de régimen tributario: si la empresa cambia su régimen tributario, se cierra el período fiscal en curso y se inicia uno nuevo.
  • Cambio de forma jurídica: cuando la empresa cambia su forma jurídica (por ejemplo, de sociedad limitada a sociedad anónima), se cierra el período fiscal en curso y es necesario iniciar uno nuevo.
  • Traslado de residencia al extranjero: para los casos en que la empresa traslada su residencia al extranjero, debe cerrarse el período fiscal en curso y e iniciar uno nuevamente.
  • Desaparición de la empresa: como caso final, en los casos en que una empresa se disuelve o líquida, es vital hacer el cierre en el período fiscal en curso.

Consigue más información consultando el portal oficial de la Agencia Tributaria.

Novedades del impuesto de sociedades 2024

Desde el 1 de enero de 2023 se introdujeron algunas modificaciones en la Ley del Impuesto de Sociedades. ¿Quieres enterarte de lo que debes tener presente en este sentido? Veamos

Lo principal es que se introdujo en el impuesto de sociedades 2024 es un gravamen reducido del 23 %. Esto dirigido a las entidades que presentan un importe neto de la cifra de negocios, correspondiente al período impositivo inmediato anterior, cuando la cifra que presente sea inferior al 1 millón de euros.

Las empresas que compren vehículos eléctricos nuevos (incluidos FCV, FCHV, BEV, REEV o PHEV) destinados a usarlos para su actividad laboral y los pongan en funcionamiento entre 2023 y 2025, podrán amortizarlos el doble de rápido de lo habitual.

Esto se debe a que se les permite utilizar un coeficiente de amortización lineal que es el doble del máximo establecido en las tablas oficiales.

Se reitera que, a partir del 1 de enero de 2022, las empresas con ingresos de al menos 20 millones de euros en el año anterior o que tributan bajo el régimen especial de consolidación, deben pagar un impuesto mínimo del 15% sobre su base imponible.

¿A quiénes no se aplicará la cuota líquida mínima en estas novedades de impuesto de sociedades 2024? Veamos lo siguiente:

  • Entidades sin fines de lucro: a aquellas entidades identificadas con el carácter 001, deberán tributar a una tasa del 10%. Estas organizaciones, que no buscan el lucro económico, se dedican a actividades sociales, culturales o de investigación.
  • Sociedades de Inversión Colectiva: se trata de sociedades con los caracteres 003 y 004, tributan a una tasa reducida del 1%. Estas sociedades se caracterizan por ser vehículos de inversión que administran el patrimonio de sus partícipes.
  • Fondos de pensiones: son aquellos identificados con el carácter 048, están exentos de tributación, es decir, tributan al 0%. Se trata de instrumentos financieros que permiten ahorrar para la jubilación.
  • SOCIMIS: las identificadas con el carácter 012, tienen un régimen fiscal especial que permite diferir el pago del impuesto sobre Sociedades. Se enfocan en la inversión y gestión de inmuebles.

Un dato interesante a tener en cuenta el impuesto de sociedades 2024 es que las empresas recién creadas que se acogen al tipo de gravamen del 15% según lo establecido en el apartado 1 del artículo 29 de la Ley 27/2014. En este sentido, deben pagar un impuesto mínimo equivalente al 10% de su base imponible.

Recomendaciones finales para la presentación del Impuesto de Sociedades

Para garantizar un proceso exitoso y evitar posibles sanciones, es crucial tomar medidas con anticipación y buscar asistencia profesional cuando sea necesario. Estos consejos finales podrán ser de utilidad para hacer una declaración exitosa y a tiempo:

Recopilación de información

Comienza a reunir toda la documentación financiera y fiscal relevante de tu empresa durante el período fiscal. Esto incluye facturas, recibos, registros de contabilidad, y cualquier otro documento que respalde tus ingresos y gastos.

Es vital tener toda la documentación en orden y poder acceder a ella justo cuando se necesite al declarar el impuesto de sociedades 2024.         

Asesoramiento profesional

Un consejo clave es consultar con un asesor contable desde el inicio del período fiscal. Este profesional podrá ayudarte a comprender las obligaciones fiscales específicas de tu empresa y a mantenerte al día con las regulaciones vigentes.

Simulación de impuestos

Para prepararte para tu declaración definitiva, considera utilizar herramientas de simulación o consulta para estimar la posible carga fiscal. Esto permite planificar los pagos por adelantado y evitar sorpresas desagradables al final del año.

Establecimiento de plazos

Define un calendario con fechas límite para la recopilación de información, la revisión de la declaración y la presentación final. Esto ayuda a mantener todo organizado y cumplir con los plazos establecidos por la Agencia Tributaria.

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Así es como se realiza el cálculo del Impuesto de Sociedades, sin embargo, si estás interesado en desarrollar tu carrera profesional y te gustaría adquirir los conocimientos adecuados en relación con este impuesto, te recomendamos que realices el curso de casos prácticos Impuesto de Sociedades.

En EPAE contamos con un amplia variedad de cursos prácticos online que te permitirán desarrollarte como un gran profesional.

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