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La contabilidad es un elemento básico para el buen funcionamiento de una empresa. Todo contable debe de estar al corriente de todas las actualizaciones en materia tributaria y conocer las herramientas necesarias para la liquidación de los mismos. Desde EPAE te ofrecemos el Curso IVA práctico y sus implicaciones contables con el que aprenderás a realizar todas las gestiones relacionadas con este impuesto de una forma práctica a través de casos prácticos reales, y dominar, además, su vertiente administrativa-contable y su gestión fiscal.
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Curso Avanzado IVA Práctico y sus Implicaciones Contables Domina la vertiente administrativa-contable y su gestión fiscal. Aprende como simultanear la contabilidad y su incidencia en el IVA gracias a este curso. Una formación imprescindible que tienes que saber como contable.
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Curso IVA práctico y sus implicaciones contables
Con el Curso IVA práctico y sus implicaciones contables podrás adquirir las habilidades y competencias necesarias para llevar a cabo la contabilidad de las PYMES en base a las operaciones nacionales, comunitarias o internacionales, así como financiación e inversión. A través del Curso IVA práctico y sus implicaciones contables aprenderás a contabilizar y gestionar el IVA,estudiarás como contabilizar documentos reales (facturas, contratos, remesas, suplidos, préstamos, pólizas…), dominarás los programas informáticos de contabilidad y fiscalidad, sabrás cómo cumplimentar los principales modelos de impuestos relacionados con el IVA: 111, 115, 130, 131,180, 190, 303, 347, 349, 390… y, además, sabrás como simultanear la contabilidad y su incidencia en el IVA. ¿Qué aprenderás en este curso?
Tu eliges el programa especializado que mejor se adapte a tus necesidades
EPAE es una escuela online y presencial. Con más de veinte años de experiencia en el sector, ofrece su liderazgo en el uso de las nuevas tecnologías aplicadas a la educación: herramientas de la web 2.0 y la web colaborativa.
Programa del curso
LA FORMACIÓN QUE ESTABAS BUSCANDO
➞ La metodología de este curso de IVA práctico y sus implicaciones contables es online, puedes organizarte y estudiar dónde y cuándo quieras. ➞ Cada alumno cuenta con un tutor que le guiará durante la realización de este curso de contabilidad, resolviendo dudas y los casos prácticos que los alumnos presentan cada semana, además de corregirlos de forma personalizada. ➞ Podrás visualizar las clases online tantas veces como quieras. ➞ Tendrás plena flexibilidad para completar las tareas cada semana. ➞ Recibirás cada semana el temario y los apuntes detallados en PDF para que puedas seguir las clases de los videos sin problemas. ➞ Excelente sistema de seguimiento personalizado y apoyo, que consiste en la entrega de casos prácticos resueltos por los alumnos, y corregidos por los tutores analizando y aconsejando para la mejor evolución del alumno. ➞ Acceso a prácticas profesionales en nuestra bolsa de empleo Ventajas de estudiar este curso
El precio del Curso IVA práctico y sus implicaciones contables Online es de 590€. Puedes realizar un pago único o fraccionado en 3, 6 o 12 cuotas: ➞ 3 cuotas de 196€/ al mes* ➞ 6 cuotas de 98€/ al mes* ➞12 cuotas de 49€/ al mes* *Coste de 8€ por cada cuota incluido. Durante el proceso de matriculación podrás elegir el tipo de pago que más se ajuste a tus necesidades. Una vez hecho el pago (en caso de haber elegido la opción de financiación, el primer pago) recibirás la bienvenida del tutor con las primeras indicaciones, junto a las credenciales de acceso al aula virtual. Una vez pagada la inscripción es importante que remitas un correo de confirmación a la dirección administracion@epae.es con tu nombre y nombre del curso. En caso de duda en este enlace encontrarás un vídeo explicativo del proceso de inscripción.
Una vez concluido el Curso IVA práctico y sus implicaciones contables el alumno obtendrá un diploma acreditativo por la formación recibida en nuestra Escuela de Prácticas en Asesoría Empresarial. Para aquellos alumnos que parten de cero o necesiten repasar conceptos, ofrecemos un módulo totalmente gratuito al realizar la matricula del Curso IVA práctico y sus implicaciones contables.
Formas de pago
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Módulo gratuito de Introducción la contabilidad
¿Estás interesado en realizar el Curso IVA práctico y sus implicaciones contables? No dudes más y ponte en contacto con nosotros, envíanos un mensaje a info@epae.es o llámanos al 91 005 95 77. En caso de que tengas cualquier duda estaremos encantados de ayudarte, también puedes consultar nuestro apartado de preguntas frecuentes.
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Al contado: 590€ // Fraccionado: Desde 49€/mes
Si eres antiguo alumno, inscríbete en este curso pinchando en este enlace. (90€ de descuento)
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La formación IVA es de las áreas tributarias que más volumen mueve en cualquier despacho y, paradójicamente, también la que más errores genera entre los profesionales que no la han trabajado con documentación real encima de la mesa. Asesores que repercuten cuotas en operaciones exoneradas, autónomos que dejan de deducir lo que pueden recuperar, formadores y centros que dudan al emitir factura, despachos que se atascan con la prorrata cuando entra un cliente con régimen mixto. Si has aterrizado aquí buscando un programa práctico para dominar este tributo, en EPAE el Curso IVA Práctico y sus Implicaciones Contables está pensado exactamente para esa transición: del concepto a la liquidación, del manual al modelo 303, del modelo al asiento contable que cuadra el cierre. Si lo tuyo es un itinerario amplio que combine fiscal, contable y laboral, el Curso Experto Asesor Contable Fiscal Laboral o el Curso Especialista en Fiscalidad y Contabilidad Aplicada son la entrada más sólida, y si quieres completar tu cartera de servicios fiscales, suma el itinerario de casos prácticos de IRPF y el itinerario del Impuesto de Sociedades. Para comparar el ecosistema completo, pasa por la categoría de cursos de fiscalidad.
Al cerrar el programa sales sabiendo abrir cualquier liquidación, decidir si la operación va con o sin cuota, encuadrarla en el modelo correcto y cuadrar el asiento contable que la acompaña. No es teoría leída: es práctica resuelta sobre documentación real anonimizada de despachos colaboradores.
Concretamente, sabrás liquidar cuotas devengadas y soportadas, encuadrar operaciones no sujetas y exoneradas, aplicar los regímenes especiales (recargo de equivalencia, simplificado, criterio de caja, bienes usados), cumplimentar el modelo 303 trimestral, el 349 de operaciones intracomunitarias, el 309, el resumen anual 390 y la declaración informativa 347. Sabrás aplicar la regla de prorrata cuando llegue un cliente con actividad mixta y calcular regularizaciones de bienes de inversión. A esto se suma el bloque de retenciones (modelos 111, 115 y 123) y el módulo contable integrado. Saber el concepto no basta. Hay que traducirlo a casilla, asiento y modelo presentado en plazo.
El impuesto sobre el valor añadido es un tributo indirecto que grava el consumo de bienes y servicios en territorio español. Lo regula la Ley 37/1992 y su reglamento, lo que se conoce como la ley del iva y su desarrollo normativo. El iva un impuesto aparentemente sencillo en lo teórico se convierte en un laberinto en lo práctico: la normativa del iva cambia con cada Ley de Presupuestos y un asesor que estudia con manual de hace dos ejercicios entrega liquidaciones que la AEAT acaba regularizando.
El régimen general de iva se aplica al tipo del 21 % a casi cualquier prestación de servicios o entrega de bienes. Sobre esa regla general se levantan los regímenes especiales que el programa cubre uno a uno y las operaciones que quedan fuera por decisión del legislador. El iva soportado en gastos vinculados a la actividad gravada se deduce de la cuota repercutida, y la diferencia es la cantidad que el empresario ingresa cada trimestre. Cuando la actividad combina operaciones exoneradas con sujetas, entra la prorrata; cuando hay operaciones intracomunitarias, entra el modelo 349; cuando aplica régimen especial, entra el 309.
La enseñanza privada y empresarial es uno de los terrenos donde más se equivoca el sector. Cualquier actividad formativa, vista en abstracto, es prestación de servicios y debería repercutir cuota. Pero el legislador decidió excluir determinadas actividades educativas por razones de política social y cultural. Por eso un módulo entero del programa se dedica a aclarar cuándo aplica la exoneración y cuándo no, con casos reales del despacho.
Una de las áreas en las que más se equivoca el sector es decidir si una operación de docencia queda exenta de iva según el precepto vigente. La exención de iva está regulada en la Ley 37/1992. Allí se enumeran los supuestos exonerados: prestaciones sanitarias, financieras, inmobiliarias, asistenciales y, entre ellas, los servicios educativos. La operación exenta de iva artículo 20 libera de repercutir cuota pero también limita el derecho a deducir lo soportado. En la práctica del despacho, hay actividades que quedan exentas de manera natural cuando se prestan por centro autorizado y otras que tributan aunque parezcan formativas a primera vista.
El primer supuesto exonerador, conocido como iva artículo 20 uno 9º, cubre las prestaciones docentes ofrecidas por una entidad de derecho público o por una entidad privada autorizada. Una academia que opera sin reconocimiento administrativo formal no entra en este pasillo, pero una sede público o entidades privadas autorizadas sí. La doctrina ha aclarado que derecho público o entidades privadas con la oportuna autorización privadas autorizadas para el ejercicio de la docencia quedan dentro del precepto. El iva según el artículo 20.1.9º ampara la educación de la infancia y de la juventud, una de las franjas que el legislador quiso proteger expresamente del tributo, la enseñanza escolar, la universitaria, la enseñanza de idiomas y los oficios técnicos cuando los imparten estos centros. El propio 9º de la ley cubre también la formación profesional para el empleo cuando se canaliza por planes oficiales de Fundae o de las consejerías autonómicas con competencia, y la educación y formación profesional continua entra en este encuadre.
El segundo apartado, el iva artículo 20 uno 10º, cubre las clases particulares prestadas por personas físicas sobre materias incluidas en un plan de estudios oficial. Un profesor que prepara EvAU está exento de iva al amparo de este apartado. Una enseñanza exenta de iva cabe aquí cuando la materia figura incluida en algún plan oficial del sistema educativo y quien la imparte es persona física por cuenta propia. Sociedades y comunidades de bienes quedan fuera del 10º, aunque pueden ir al 9º si tienen autorización.
La enseñanza reglada integrada en el sistema educativo español sigue la lógica del plan de estudios del sistema docente nacional. Cualquier estudio del sistema educativo oficial entra: desde Matemáticas de 4º de ESO hasta Derecho Mercantil del grado en ADE. El ministerio de educación y formación y las consejerías autonómicas competentes son la autoridad que aprueba esos planes. La doctrina recogida en consultas vinculantes de la dirección general de tributos ha precisado que las dichas actividades no revistan carácter promocional ni recreativo, que actividades no revistan un carácter publicitario disfrazado de docencia y que, siempre y cuando dichas actividades mantengan finalidad educativa real, la exoneración sostiene. Si se desnaturalizan, decae. Lo mismo con el carácter meramente recreativo: si un taller de cocina o un seminario de ocio se presenta como programa pero el contenido es entretenimiento, la operación vuelve al 21 %.
La enseñanza reglada es la que forma parte del sistema docente nacional y se imparte bajo la autoridad de la administración educativa estatal, las consejerías autonómicas competentes o las universidades reconocidas. Lo que se enseña dentro de este perímetro queda fuera del tributo cuando proviene de un centro autorizado. Y que la formación sea impartida por una entidad pública o privada con la oportuna autorización es el primer requisito para que suele estar exenta de iva se convierta en regla aplicable al caso concreto.
Esta enseñanza fuera del marco reglado es el grueso del mercado privado actual. El hecho de que la formación como actividad económica se desarrolle profesionalmente no la convierte automáticamente en exonerada. La temática de la formación impartida importa, sí, pero importa más el reconocimiento administrativo del prestador. Cuando un cliente pregunta si su programa formativo lleva cuota, hay que mirar quién enseña, qué se enseña y bajo qué autorización opera el centro.
Para saber si la formación entra en uno u otro lado, el alumno del programa aprende un método de cinco pasos: identificar quién imparte la formación (entidad pública, privada autorizada o persona física por cuenta propia), verificar si la materia figura en algún plan de estudios oficial, examinar el carácter (educativo, no recreativo), revisar consultas vinculantes recientes de Tributos y documentar la decisión para cualquier inspección posterior.
El trate de formación reglada universitaria homologada que ofrece el catálogo EPAE pasa por esa lógica: el Curso Experto Asesor Contable Fiscal Laboral, enlazado en la intro, lleva titulación universitaria oficial con la Universidad Antonio de Nebrija. Este monográfico, en cambio, es enseñanza profesional aplicada con diploma propio EPAE. Una matización importante sobre la exoneración: no se presume, se prueba. Para que la operación puede estar exenta, la entidad debe contar con autorización administrativa o, en el supuesto del 10º, ser persona física que enseña materia oficial; y para que cumple los requisitos formales debe estar dada de alta en el epígrafe del IAE correspondiente y emitir facturas con la mención normativa adecuada. Los requisitos para aplicar la exención no son interpretativos: aplicar la exención del iva correctamente pasa por criterio objetivo y documentación.
Cuando hablamos del impuesto aplicado a la enseñanza, no toda actividad de formación está fuera del tributo. Las operaciones sujetas son la mayoría del mercado privado: programas de Excel para profesionales en activo, coaching directivo, seminarios de marketing, formación interna de habilidades comerciales, talleres de yoga, clases de cocina creativa para adultos. Todos son ejemplos de iva las actividades formativas que se prestan al margen del régimen reglado y llevan el 21 %.
La iva en actividades de formación regladas o autorizadas, por contraste, no se repercute. Cuando hablamos de programas reconocidos al amparo del precepto vigente, las actividades formativas están exentas de iva porque cumplen los dos requisitos básicos (autorización del prestador y carácter educativo del contenido). Aplicar iva a la formación que organiza tu cliente es una duda recurrente que el programa resuelve con casos del despacho.
Los centro de formación autorizados que combinan actividades exoneradas con sujetas tienen que llevar contabilidad separada, calcular prorrata y emitir facturación distinta para cada tipo de operación. Las entidades de formación mixtas son cada vez más comunes en empresas que ofrecen tanto bonificada como cursos privados. Los proveedores de formación que actúan como subcontratistas de centros autorizados tienen su propia casuística: si el centro principal está autorizado pero el subcontratista no lo está, la operación intermedia tributa, aunque el servicio final al alumno quede exonerado. La enseñanza continua como reciclaje profesional encaja en este encuadre cuando la imparte una entidad autorizada. Para el ejercicio de dichas actividades exoneradas, la entidad debe cumplir las obligaciones formales: alta en IAE, facturación con mención normativa, libros registrados, modelos cumplimentados.
Toda la decisión normativa termina aterrizando en una factura emitida correctamente y un modelo trimestral cumplimentado en plazo. Emitir una factura con cuota repercutida exige base imponible, tipo del 21 %, cuota y total; sin cuota, exige mención expresa al precepto que ampara la exoneración. El iva en la factura mal indicado o ausente es uno de los puntos que la AEAT revisa en inspección. La factura debe llevar siempre la indicación literal del precepto vigente sobre exoneraciones, apartado uno.9º, por ejemplo.
La decisión sobre cómo emitir la factura con o sin iva depende del encuadre normativo de cada operación. Cuando una misma entidad realiza operaciones exoneradas y sujetas, no puede mezclarlas en la misma factura sin separación clara, y los modelos trimestrales (303) y anuales (390) deben reflejar las cuotas devengadas por las sujetas con el cuadro de operaciones exentas del iva debidamente cumplimentado.
Las cuotas que el proveedor recoge en sus documentos también importan. Si tu cliente desarrolla actividad exonerada al amparo del precepto, no puede incluir el iva que soporta como deducción en el modelo 303. La exoneración limitada del 20.uno.9º libera de repercutir pero priva de deducir lo soportado: el alquiler del local, el material didáctico y los honorarios del profesorado externo no se recuperan y se incorporan al precio. La respuesta a ¿pagan iva los alumnos finales en una enseñanza reglada exonerada es no, pero ello no significa que el coste baje. Para el formador autónomo que arranca, cuándo pagar iva y cuándo no es la primera duda fiscal seria. El iva puede decidirse de manera distinta según el prestador, el contenido y el formato; saber iva y cómo se factura cada operación es el tipo de pregunta que un programa con casos reales resuelve. Iva si o no en cada caso: el alumno del programa aprende a decidirlo con criterio.
El curso se articula en dos módulos integrados, uno fiscal y uno contable, con doce bloques. Cada uno cierra con caso corregido por el tutor antes de avanzar. Impartir este temario exige docentes con horas reales de despacho.
Bloque 1. El impuesto sobre el valor añadido. Definición, funcionamiento, reglas de devengo, operaciones no sujetas y exoneradas, interiores, intracomunitarias y de comercio exterior.
Bloque 2. Modelo 303 y modelo 349. Asignación a casillas, autoliquidación, generación del libro diario y del 303 con la aplicación A3, y declaración recapitulativa intracomunitaria.
Bloque 3. Recargo de equivalencia, prorrata y modelo 309. Sujetos pasivos del recargo, tratamiento contable, cálculo de prorrata en régimen general y especial, regularización de bienes de inversión y guía práctica del 309.
Bloque 4. Régimen especial simplificado. Índices y módulos, liquidación trimestral, ingresos a cuenta, variación de módulos en el 4T y supuestos prácticos por epígrafe del IAE.
Bloque 5. Criterio de caja y bienes usados. Régimen especial de criterio de caja y régimen especial de bienes usados: definición, normativa, requisitos y ejemplos resueltos.
Bloque 6. Declaración anual: modelo 390 y modelo 347. Cierre del año fiscal del cliente, cuotas devengadas y soportadas del ejercicio completo.
Bloque 7. Módulo de retenciones. Modelo 111, modelo 123 y modelo 115. Cierre del trimestre desde el ángulo de las retenciones a cuenta.
Bloque 8. Operaciones de financiación I. Constitución de sociedad, aumento de capital, deudas por préstamos. Casos con escrituras anonimizadas.
Bloque 9. Operaciones de financiación II. Líneas de descuento, gestión de cobro, remesas, pólizas de crédito y confirming.
Bloque 10. Operaciones de inmovilizado. Adquisición, leasing y renting, inversiones inmobiliarias, permutas, amortizaciones, deterioros e intangible.
Bloque 11. Operaciones corrientes. Compraventa de existencias, efectos a cobrar y pagar, facturas rectificativas, compraventa internacional, suplidos y provisiones. Contabilización integrada de los modelos 111, 115 y 303.
Bloque 12. Cierre contable. Regularización, periodificación, correcciones valorativas, asiento de cierre y aplicación del resultado. Impartir ambos módulos de forma integrada es lo que distingue este programa de los itinerarios que separan artificialmente cada rama.
El programa online de EPAE no es vídeo grabado en bucle ni manual en PDF. Es plataforma propia, clases grabadas accesibles cuantas veces necesites repasarlas, material en PDF entregado cada semana, casos prácticos sobre documentación real anonimizada y, sobre todo, tutor personal asignado durante todo el itinerario. La modalidad online vive en aulavirtual.epae.es y se compagina con jornada laboral o cargas familiares sin sacrificar la corrección personalizada. La formación online que ofrecemos no es foro masivo: tu tutor es asesor en activo con horas reales de despacho.
La pieza diferencial: impartir los contenidos con la aplicación A3 Software (Wolters Kluwer) incluida, el mismo programa que usan el grueso de despachos profesionales en España. Esto significa que sales del curso conociendo dónde se introduce cada dato, cómo se genera cada modelo y dónde aparece la cuota a ingresar o a devolver. Cuando llegue tu primer trimestre fiscal real, no aprendes el software desde cero. Lo conoces ya.
Lo que ofrecemos distingue a una academia con criterio práctico de un agregador masivo de vídeo bajo demanda. Impartir la enseñanza desde profesionales en ejercicio es lo que separa estudiar de entender. La corrección incluye el comentario del porqué del fallo, no solo el rojo sobre el resultado. Es lo que da carácter formativo real al programa. Para el alumnado que parte sin base contable previa, se incluye sin coste el módulo de Introducción a la Contabilidad que nivela antes de arrancar.
El programa encaja con perfiles concretos. Auxiliar de despacho que quiere dar el salto a posición senior. Profesional en activo que necesita actualizar conocimientos en intracomunitarias, prorrata, criterio de caja o facturación electrónica obligatoria. Asesor laboral o contable que añade el tributo a su cartera de servicios. Autónomo formador que quiere entender qué firma cada trimestre. Empresario que decide internalizar la fiscalidad de su negocio. Graduado en ADE, Derecho, Económicas o FP de Administración y Finanzas que añade vertical aplicada al currículum.
Es compatible con jornada completa, parcial y perfil en reorientación profesional. La plataforma está abierta veinticuatro horas y todas las clases quedan grabadas. Reciclaje profesional continuo, primera especialización o consolidación de conocimientos previos: los tres encajan. El programa no es bonificable vía SEPE, pero para entornos empresariales sí existen vías de bonificación a través de Fundae cuando la empresa matricula a su personal.
Para quien aspira a convertirse en referente del tributo, el programa entrega la base aplicada que se complementa con los cursos de formación verticales hermanos del catálogo fiscal: IRPF, Impuesto de Sociedades, IGIC. Cada uno aborda una pieza, y el conjunto forma al asesor completo.
Lo que diferencia a EPAE de otra academia generalista se resume en tres puntos. Trayectoria consolidada formando asesores contables, fiscales y laborales en España, con sede en Granada y alumnado por todo el territorio nacional. Especialización vertical exclusiva en fiscal, contable, laboral y oposiciones a Hacienda: no somos escuela generalista de negocios. Temario actualizado cada ejercicio fiscal, porque la normativa cambia con cada Ley de Presupuestos.
Trabajamos con software profesional A3 (Wolters Kluwer) incluido en la formación, no con demos. Cada alumno tiene un tutor personal asignado durante todo el itinerario y es el mismo de principio a fin, sin rotaciones ni colas. Las clases quedan grabadas para revisión y la plataforma está abierta veinticuatro horas. EPAE es miembro acreditado de la Cámara de Comercio de Granada y colabora académicamente con la Universidad Antonio de Nebrija para los itinerarios universitarios homologados del catálogo. La bolsa de empleo activa es exclusiva para alumnos y exalumnos: cuando un despacho colaborador necesita perfiles, los reciben primero los formados aquí. Pago fraccionado disponible vía SeQura.
Si tu objetivo va más allá de este tributo, el catálogo cubre toda la rama: casos prácticos de IRPF, el curso de Impuesto de Sociedades, el programa de IGIC para perfiles con clientes en Canarias y, para quien va a oposiciones, la preparación de Técnico de Hacienda o Agentes de Hacienda.
Pide información por el formulario de esta página, llama al +34 91 005 95 77 o escribe a info@epae.es. Un asesor académico revisa tu perfil, te orienta sobre el itinerario que mejor te encaja y resuelve dudas antes de la matrícula.
No es imprescindible. Al matricularte se incluye sin coste adicional el módulo de Introducción a la Contabilidad para que arranques desde cero. Si vienes con base, lo usas como repaso rápido; si vienes sin ella, lo trabajas antes del bloque fiscal.
Es 100 % a distancia. Toda la formación se imparte desde el aula virtual de EPAE. Las clases quedan grabadas y accesibles en cualquier momento, y la corrección de los casos prácticos la hace tu tutor personal asignado durante todo el itinerario.
Recibes un diploma acreditativo emitido por EPAE como certificado de la formación cursada en nuestra Escuela de Prácticas en Asesoría Empresarial, acompañado de la transcripción del programa superado. Si buscas titulación universitaria homologada adicional, el catálogo la incluye en el Curso Experto Asesor Contable Fiscal Laboral con la Universidad Antonio de Nebrija.
La aplicación A3 Software de Wolters Kluwer, el programa que usan el grueso de despachos profesionales en España. Se usa para generar el libro diario, cumplimentar el modelo 303, gestionar operaciones intracomunitarias del 349 y trabajar los regímenes especiales.
La matrícula está abierta de forma continua, sin convocatorias rígidas de inicio. Para matricularte, solicita información desde el formulario o llama al equipo académico al +34 91 005 95 77. Un asesor revisa tu perfil, resuelve dudas y te explica el proceso de matrícula y de fraccionamiento con SeQura si lo necesitas.
La rama tributaria del impuesto es de las que más demanda sostenida genera en el sector. Cada trimestre arranca el ciclo del modelo 303 y los despachos buscan perfiles que sepan cerrar liquidaciones sin supervisión, manejar A3 con soltura y resolver consultas de cliente con criterio. El programa EPAE te entrega esa preparación con doce bloques estructurados, tutor personal de principio a fin, material descargable cada semana y trabajo sobre la aplicación que el sector usa de verdad. Pide información desde la página, llama al +34 91 005 95 77 o escribe a info@epae.es para que un asesor académico te oriente sobre tu situación concreta antes de matricularte.